Desde el mediodía, el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, recibirá en Casa Rosada a rectores de universidades nacionales para trabajar en la implementación del Plan Básico Universal de Telecomunicaciones.
La iniciativa impulsada por el Gobierno Nacional y el ENACOM busca promover el acceso a servicios esenciales de telecomunicaciones, a través de tarifas accesibles que van desde los 150 pesos, para el caso del abono de telefonía celular; y de 600 a 700 pesos para los planes de internet en el hogar.
La prestación puede ser solicitada enviando una declaración jurada -disponible en el portal argentina.gob.ar- a las empresas prestadoras a través de los canales que dispongan. El beneficio podrá ser percibido por:
• Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
• Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
• Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
• Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
• Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
• Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
• Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
• Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
• Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
• Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
• Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
• Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
• Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
• Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
• Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscripta ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
También formarán parte de la reunión, el secretario de Políticas Universitarias, Jaime Perczyk; y la secretaria de Innovación, Micaela Sánchez Malcom.
Cafiero recibe a rectores de universidades para trabajar el Plan Básico Universal de Telecomunicaciones
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Redacción - prensa@abcenlinea.com.ar