La noche del domingo encontró el centro de San Martín, Villa Ballester y José León Suárez poblado de carteles en apoyo al impuesto a las grandes fortunas.
La iniciativa, realizada por las agrupaciones Juana Azurduy y la San Martín es parte de distintas acciones que tienen por objetivo intervenir en el debate público respecto a la necesidad de que los que más tienen sean, alguna vez, solidarios con el resto de la población.
«Los que tienen todo, con muy poco, pueden hacer mucho, tal como señaló Alberto Fernández» dijo Cecilia Cuso una de las referentes de la agrupación Juana Azurduy.
«Es la oportunidad de que, quienes más han acumulado capital en la historia argentina, devuelvan una pequeña parte.
La redistribución de la riqueza para afrontar costos en salud y fortalecer el sector productivo, es imprescindible» agregó Laura Maglio de La San Martín.
El aporte solidario extraordinario llegará al recinto de Diputados el martes. Un tiro para el lado de la justicia.
Según datos de la AFIP, con la sanción del aporte extraordinario, se recaudarían más de $ 307.000 millones, es decir, cerca de un punto porcentual del PBI.
Aquí las claves de la iniciativa que grava por única vez a las personas más ricas de la Argentina y a la que el macrismo ya adelantó su rechazo:
- Alcanzará a aquellas personas que hayan declarado al 31 de diciembre de 2019 un patrimonio superior a los 200 millones de pesos.
- Las escalas de tributación serán las siguientes: 2% para ente $200-$300 millones; 2,25% hasta $400 millones; 2,75% hasta $600 millones; 3% hasta $800 millones; 3,25% hasta $1.500 millones; y 3,5% para más de $3.000 millones.
- Alcanzará a unas 12.000 personas físicas (no alcanza a las personas jurídicas).
- Por el total de bienes en el exterior se tributará un recargo del 50% sobre la alícuota que corresponda según el patrimonio declarado.
- Si se repatria el 30% de las tenencias financieras que se tienen declaradas en el exterior, el diferencial se elimina y se paga por todo como si lo tuvieran en el país.
- El destino de los fondos recaudados será con afectación específica:
- Un 20% a la compra y elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.
- Un 20% a subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los términos del artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus modificatorias y normas complementarias, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.
- Un 20% destinado al programa integral de becas Progresar, gestionado en el ámbito del Ministerio de Educación, que permitirá reforzar este programa que acompaña a las y los estudiantes con un incentivo económico y un importante estímulo personal en todos los niveles de formación durante su trayectoria educativa y académica.
- Un 15% a los habitantes de los barrios populares identificados en el registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP) para fortalecer dicho proceso, enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de sus habitantes.
- Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural, actividad que resulta de interés público nacional, a través de Integración Energética Argentina S.A. la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A. en forma exclusiva, las distintas modalidades de ejecución de los proyectos. Queda establecido que Integración Energética Argentina S.A. deberá reinvertir las utilidades provenientes de los mencionados proyectos, en nuevos proyectos de gas natural durante un plazo no inferior a diez años a contar desde el inicio de vigencia del presente régimen.