La Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) tiene como objetivo principal de que todos los ciudadanos puedan acceder a los servicios de internet, televisión paga, y telefonía fija y celular de manera accesible.
¿Cuáles son los planes disponibles de la PBU?
A través de la Prestación Básica Universal y Obligatoria, es posible acceder a distintas opciones según cada servicio:
Telefonía Celular
La Prestación Básica Universal de telefonía celular está disponible para aquellas personas que cumplan los requisitos, a un precio de $150 por mes.
El plan incluye las siguientes prestaciones:
- WhatsApp libre (sólo texto).
- 500 minutos para llamadas entre mismas compañías y 50 minutos para otras compañías.
- 500 SMS.
Paquetes de datos | ||
Plan | Internet | Precio |
Opción A | 1 GB | $200 |
Opción B | 50 MB | $18 |
Internet
Los planes de la Prestación Básica Universal de internet varían en función de la cantidad de clientes de la empresa encargada de proveer el servicio.
Prestadores con más de 50.000 clientes
- AMBA: 10 megas por $700
- Resto del país: 5 megas por $700
Prestadores que tengan entre 2.000 y 50.000 clientes
- 5 megas por $700
Prestadores con menos de 2.000 clientes
- 2 megas por $600
Televisión paga
En el caso de la Prestación Básica Universal de televisión paga, se aplicará un descuento al usuario en función de la categoría de la empresa prestadora del servicio.
Categoría | Número de clientes de la empresa | Porcentaje de descuento |
Categoría 1 | Más de 500.000 | 30% |
Categoría 2 | Entre 100.000 y 500.000 | 25% |
Categoría 3 | Entre 30.000 y 100.000 | 20% |
¿Quiénes pueden acceder a la PBU?
Están en condiciones de solicitar, la Prestación Básica Universal y Obligatoria aquellas que personas que sean:
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), como así también sus hijos de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
- Beneficiarias de la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar (madre, padre, cónyuge o conviviente).
- Usuarios inscriptos en el Monotributo Social, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios que cobren un seguro de desempleo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas, que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 salarios mínimos vitales y móviles, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios que perciban una beca del programa Progresar.
- Personas que se encuentren sin trabajo o lo hagan informalmente, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Clubes de barrio.
- Asociaciones de bomberos voluntarios.
¿Cómo se tramita la PBU?
Los usuarios tendrán que realizar una declaración jurada completando sus datos personales y enviarla a su prestador de servicio, quién tiene que gestionarla.
En caso que el prestador se niegue a brindar la prestación el usuario tendrá que iniciar el reclamo a través de un formulario online informativo ante el ENACOM para que puedan darle seguimiento.
Fuente: Selectra Argentina y ENACOM.