La Constitución Nacional estipula la cantidad de sufragios que debe obtener un candidato para proclamarse Presidente de la Nación sin la necesidad de recurrir a ballotage.
Así, la carta magna indica que en la primera vuelta serán proclamados presidente y vicepresidente los integrantes de la fórmula que obtenga más del 45 por ciento de los votos, independientemente de cuánto consiga el segundo. También, señala que si el candidato más votado en primera vuelta alcanza el 40 por ciento de los votos y obtiene una diferencia de más de 10 puntos sobre su principal seguidor, se convertirá en presidente.
«Artículo 97. Cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.
Artículo 98. Cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación».
Otro punto a tener en cuenta es el voto en blanco en la elección general. Este tipo de sufragio -que es válido pero no afirmativo-, al igual que el voto nulo no se cuenta en estas elecciones para calcular el porcentaje que obtiene cada candidato. Por ejemplo, sobre el 100 por ciento de los votos, si hay un 10% de blancos y nulos, para determinar cuántos puntos saca cada postulante se divida sobre el 90% restante, es decirlo, los afirmativos.
De esta manera, y finalizado el escrutinio definitivo, se observa que Daniel Scioli se encuentra a escaso margen de ser ungido Presidente de la Nación el próximo 25 de octubre.
