El tribunal federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió reabrir la causa sobre la muerte de Santiago Maldonado que había archivado el juez Gustavo Lleral. La Justicia va por la hipótesis de «abandono de persona» y apunta contra la Gerndamería. Por otra parte, descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona.
«Consideramos que se investigó una única hipótesis delictiva –aquí definitivamente descartada- sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado», afirma un fallo de 15 páginas al que accedió Infobae.
Así, la Cámara resolvió revocar la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, y le ordenó avanzar con una serie de medidas de prueba tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte de Maldonado.
Otra novedad destacada es que por eso mismo, revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, siempre realizó una férrea defensa de los efectivos de Gendarmería que participaron del procedimiento en el Pu Lof de Cushamen y de la fuerza en general.
«El magistrado interviniente entendió que el objeto procesal de esta causa quedó ceñido a la desaparición forzada de Santiago Maldonado, así fue que habiendo despejado tal circunstancia dispuso el sobreseimiento de Emmanuel Echazu, quien había comparecido voluntariamente a proceso y rechazó las pruebas ofrecidas por las partes procediendo de ese modo a una suerte de archivo de las actuaciones por inexistencia de delito», explicaron los camaristas.
Agregaron en el fallo: «Sin perjuicio de tales conclusiones, lo cierto es que nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos, por haber acontecido en un contexto de intervención estatal en cuyo desarrollo se hizo uso de las herramientas dotadas a los agentes estatales para la prevención y represión de los delitos. De allí que corresponda ampliarse la investigación a efectos de verificar o descartar la existencia de alguna otra hipótesis delictiva».
Y cierra: «Así, atendiendo también a las particularidades de corte jurídico internacional y a la existencia de un cauce de investigación que no se encuentra agotado, corresponda profundizar la misma a efectos de reconstruir con la mayor exactitud y prontitud las circunstancias que rodearon al suceso».