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El CPP (Código Procesal Penal) regula los todos los procedimientos que tienen lugar dentro de la justicia penal. Es un compacto sistema de normas que tiende a garantizar la imparcial administración y distribución de justicia entre los ciudadanos. En el interior de sus páginas se establece quiénes y cómo pueden acusar, investigar y juzgar un delito, qué derechos tienen las víctimas y los acusados y cómo son todos los procedimientos judiciales que existen. Por lo tanto, se puede afirmar que se trata de un compendio normativo cardinal para la persecución de los delitos y su respectiva condena.
Nuestra legislación en dicha materia está vigente desde el año 1991, habiéndose transcurrido 23 años sin incorporar modificaciones que reflejen con mayor autenticidad las problemáticas de la vida diaria que están relacionadas con esta área del derecho. Múltiples actores sociales no vacilan a la hora de afirmar que debe ser modificado para ajustarlo a las garantías constitucionales y acelerar los procesos penales. Académicos, organizaciones de la sociedad civil, legisladores, jueces, fiscales, funcionarios vienen planteando que el Código debe modificarse. En los últimos años existieron varios proyectos de ley para reformarlo pero ninguno ha prosperado.
Recientemente la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, confirmó el envío del proyecto de reforma al Congreso para dar comienzo a su tratamiento legislativo en ambas cámaras. Tal proyecto contempla cambios que muchas veces se demandan y exigen desde el arco opositor y que prontamente tendremos la posibilidad de atestiguar si acompañan o rechazan la iniciativa oficial que recibe un fuerte respaldo del universo académico y profesional.
Algunas de las modificaciones que se propone la reforma son:
– cambiar el sistema inquisitivo vigente por un modelo acusatorio. Esto implica que la atribución la tendría el Ministerio Público Fiscal.
– Valorizar el juicio como instancia institucional para la vigencia de la ley y para la resolución de los conflictos penales.
– Procurar un mayor acotamiento en los plazos de duración del proceso.
– Desarrollar una mayor capacidad de investigación especialmente en relación a delitos complejos o de alto impacto social como el narcotráfico, la trata de personas y el lavado de activos.
– Extender la oralidad a todas las instancias del proceso, a fin de simplificar y flexibilizar el trámite.
– Procurar la participación del ciudadano en el juzgamiento del delito.
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